El Caribe 21 de Mayo de 1983
La Filatelia Al Dia
Por Danilo Mueses
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Sellos de valores
declarados (Parte 1)
En la mayoría de
los países, cuando una persona quiere enviar una suma de dinero a otra
localizada en alguna otra ciudad, recurre a un cheque que generalmente compra
en la oficina de correos y envía dentro de una carta ordinaria. El envío, en
países como Estados Unidos, adopta la forma de “Money order” que tanto utilizan
nuestros dominicanos ausentes residiendo en ese país. Ese es un cheque
redimible en cualquier banco.
En otros países
utilizan el llamado “giro postal” el cual se compra también en el correo. Esos
cheques, a diferencia de los anteriores, se hacen efectivos en el mismo correo
y son ampliamente usados en casi toda Latinoamérica.
En nuestro país
existió un sistema de giros postales que vamos a tener que investigar en que
año se instituyó y en cual se suspendió.
Pues bien, el
asunto fue que, al suspenderse el sistema de giros postales, no se instituyó en
su lugar un sistema alterno. En vista de eso, Genaro Martínez, en un artículo
que publicara en su Revista Postal de agosto-octubre de 1933, sugirió la creación
de un servicio de Valores Declarados. Veamos las ideas de Genaro Martínez:
Servicio Interno Digno de
Estudio.
“A falta de
servicio de Giros Postales para el interior, suspendido desde hace tiempo, y
las grandes dificultades existentes para las remesas de dinero de un pueblo a
otro dentro de la República, cosa no fácil sino de hace por medio de giros
bancarios, siempre dificultosos para el cobro donde no existen sucursales de
Banco, como por la alta prima que estos cobran cuando de pequeñas remesas se
trata, a la vez que la prohibición del envío de dinero por medio del correo,
nos sugiere la idea de someter a la consideración de las autoridades postales el estudio de la creación de un
servicio menos costoso para el Erario, quizás más beneficioso que el suspendido
de Giros Postales, como es del Valores Postales Declarados que solo costaría el
Gobierno, la emisión de sobre impresos con encasillados relativos al uso que se
les aplica, y el sello por valor mínimo del franqueo certificado, (trece
centavos); en los encasillados impresos con blancos para llenar por el empleado
postal que los expende, se haría constar, además de los nombres del que los
expide y a quien se dirige, un valor enviado por el cual el Gobierno percibe un
tanto por ciento, con la declaración de la clase de moneda que en el mismo se
expide, y reglamentando la expedición y recepción de las piezas, con recibos
adecuados para las mismas”
Exponemos la
idea, que podemos reforzar con más datos sobre la misma si se desea, estando
nosotros bien seguros que merecería la aprobación general del público y el
comercio, por ser de importancia e imperiosa necesidad, o la reinstalación de
los Giros Postales, o el servicio de Valores Postales Declarados que apuntamos”
La idea de Genaro
Martínez fue aceptada, y prácticamente sin ninguna variante, se estableció el
servicio mediante la Ley No. 776 del 13 de noviembre de 1934.
El Servicio se
inició el 1ro de febrero del 1935
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